4. Son recomendaciones preventivas documentadas que indican obligación a actuar.
Seguridad
Higiene
Normas de seguridad
Higiene y Prevención.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. Combatir los riesgos en su origen. Adaptar el trabajo a la persona
EVALUACIÓN DE RIESGOS
Este apartado ha sido extractado de la guía para evaluación de riesgos del INSHT, para una mayor profundización en el tema, visitar dicha página.
Actualmente se reconoce que la evaluación de riesgos es la base para una gestión activa de la seguridad y la salud en el trabajo.
Es obligación del empresario:
Realizar una evaluación inicial de riesgos.
A partir de esta, planificar la acción preventiva.
La evaluación de los riesgos laborales:
Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse.
Obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse.
El proceso de evaluación de riesgos se compone de las siguientes etapas:
1. Análisis del riesgo , mediante el cual se:
Identifica el peligro.
Se estima el riesgo, valorando conjuntamente la probabilidad y las consecuencias si se materializa el peligro.
El Análisis del riesgo proporcionará una unidad de medida del riesgo.
2. Valoración del riesgo , con el valor del riesgo obtenido, y comparándolo con el valor del riesgo tolerable, se emite un juicio sobre la tolerabilidad del riesgo en cuestión.
No existe riesgo. No es necesaria ninguna medida concreta.
Riesgo no tolerable, hay que Eliminar o Controlar el riesgo . Son necesarias medidas concretas para dicho riesgo.
Al proceso conjunto de evaluación del riesgo y control de riesgos, se denomina, Gestión del riesgo.
Características de la evaluación de riesgos:
Solo podrá ser realizada por personal profesionalmente competente.
Si de la evaluación de riesgos se deduce la necesidad de adoptar medidas preventivas, se deberá: eliminar o reducir el riesgo, mediante medidas de prevención:
En el origen del riesgo.
Medidas organizativas.
Medidas de protección colectiva.
Medidas de protección individual.
Con la formación e información a los trabajadores.
Controlar periódicamente las condiciones, la organización y los métodos de trabajo y el estado de salud de los trabajadores.
El empresario deberá consultar a los representantes de los trabajadores, o a los propios trabajadores en ausencia de representantes, acerca del procedimiento de evaluación a utilizar en la empresa o centro de trabajo.
En cualquier caso, si existiera normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma.
La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa, teniendo en cuenta:
Las condiciones de trabajo existentes o previstas
La posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.
Deberán volver a evaluarse los puestos de trabajo que puedan verse afectados por:
La elección de equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos, la introducción de nuevas tecnologías a la modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
El cambio en las condiciones de trabajo La incorporación de un trabajador cuyas características personales o estado biológico conocido los hagan especialmente sensible a las condiciones del puesto.
La evaluación de riesgos debe ser un proceso dinámico. La evaluación inicial debe revisarse cuando:
Así lo establezca una disposición específica.
Cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores.
Cuando las actividades de prevención puedan ser inadecuadas o insuficientes.
Periódicamente con la periodicidad que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores.