Ciencias Sociales, pregunta formulada por bdhvcbb, hace 1 mes

4- Comenta: El Articulo 81 del Patrimonio Cultural:​

Respuestas a la pregunta

Contestado por karinabra62
1

Respuesta:

está en Google perdón por no ayudarte

Contestado por imanolgeovanic
0

Artículo 81.­El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en su representación y con las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la ley. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada o Fuerza Policial, o sector del pueblo puede arrogarse su ejercicio. Hacerlo es sedición.

EXPLICACION: Espero a verte ayudado

coronita plis :3

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