4- Comenta: El Articulo 81 del Patrimonio Cultural:
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
está en Google perdón por no ayudarte
Contestado por
0
Artículo 81.El poder emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen en su representación y con las limitaciones y responsabilidades señaladas por la Constitución y la ley. Ninguna persona, organización, Fuerza Armada o Fuerza Policial, o sector del pueblo puede arrogarse su ejercicio. Hacerlo es sedición.
EXPLICACION: Espero a verte ayudado
coronita plis :3
Otras preguntas
Matemáticas,
hace 4 meses
Matemáticas,
hace 4 meses
Latín / Griego,
hace 4 meses
Geografía,
hace 6 meses
Matemáticas,
hace 6 meses
Matemáticas,
hace 11 meses