4. Che rogayguándi ajepovyy Constitución Nacional-pe mba'e hei mitā rembiapo
rehegua. (Con un miembro de la familia investigo en la Constitución Nacional con
respecto a lo que expresa sobre las actividades del niño).
ayudaaa hasta las 11 y 15 nomas
contadobrasil73:
guarani es
Respuestas a la pregunta
Contestado por
7
Explicación:
Las autoridades competentes para el Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos de acuerdo con lo establecido en los artículos 96, 97 y 98 del Código de la Infancia y la Adolescencia son los Defensores de Familia y los Comisarios de Familia del lugar donde se encuentre el niño, niña o adolescente,
Son derechos de niños y niñas y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes:
Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo.
Derecho de prioridad.
Derecho a la identidad.
Derecho a vivir en familia.
Derecho a la igualdad sustantiva.
Derecho a no ser discriminado
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