3. Resuelva el siguiente caso práctico: Juan Jiménez es un empresario individual que tiene una empresa dedicada a la venta de muebles de cocina, comenzó su actividad laboral hace 9 años, durante los cinco primeros el negocio fue muy rentable y exitoso, pero desde hace tres años tiene pérdidas constantes. Juan pidió varios créditos para pagar a sus proveedores y no ha podido devolverlos, por lo que su banco ha tramitado un proceso que ha provocado que le embarguen sus propiedades, Juan está casada en régimen ganancial, con María López una propiedad de ambos. Señala sí podrían embargar a Juan la propiedad de los cónyuges por las deudas que Juan ha contraído como empresario y ¿por qué?
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La propiedad puede ser embargada para el pago de las deudas. En la sociedad de gananciales se divide tanto el patrimonio como las deudas, por lo tanto, la propiedad puede ser embargada para el pago de las deudas. En el caso de divorciarse y realizar una repartición de bienes, las propiedades pueden ser vendidas y dividirse el monto obtenido entre los cónyuges una vez liquidadas las deudas que existan sobre la propiedad (hipotecas, prestamos…), y en caso de que las deudas superen el monto repartido, cada cónyuge podría ser incoado a pagar su deuda correspondiente con sus bienes particulares.
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