Derecho , pregunta formulada por nizaye09, hace 1 mes

3. ¿Qué relación existe entre el estado y el Derecho explicación?

Respuestas a la pregunta

Contestado por Borngolem
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Respuesta:

Dijimos que al hablar del Estado nos referimos al orden jurídico, y viceversa.

De ahí que exista la necesidad de contestar las siguientes interrogantes que

plantea el profesor Luis Recaséns Siches:

"1° ¿Constituyen el Estado y el Derecho entes distintos pero relacionados de

alguna manera esencial?

“2° ¿Trátase, por el contrario, meramente de dos palabras que designan una

sola cosa, de suerte que en realidad coinciden plenamente?

“3° Si no son una misma cosa, ¿cuáles son las relaciones entre ambos?

"4° ¿La Existencia del Estado implica la del Derecho o, por el contrario, es

posible concebir la existencia del Estado sin el orden jurídico?

"5° ¿La existencia del Derecho implica la del Estado o, por el

contrario es posible concebir la existencia del orden jurídico sin la del Estados''.

Vamos a contestar estas preguntas como lo hacen las diversas doctrinas que

tratan de resolver este problema, y que podemos clasificar en los siguientes

grupos:

Primero. Dentro de los grupos de doctrinas relacionadas con estas cuestiones,

encontramos en primer lugar, el de las teorías que consideran al Estado como

una mera realidad social, como un complejo de hechos sociológicos ajenos en

todo al orden jurídico y como un "fenómeno de mando".

Segundo. Existe además un upo de teorías que sostienen que el Estado tiene

dos facetas, dos aspectos, dos dimensiones: un aspecto juridico y otro sociológico; pero no determinan cuál es la conexión entre estas dos caras, jurídica y sociológica. Se limitan a constatar la existencia de esa doble faz, perono se refieren a la posible relación que exista entre esas dos dimensiones.

Tercero. Encontramos en tercer término la doctrina de Kelsen, que afirma la estricta identidad entre Estado y Derecho, considerando al Estado como el orden jurídico vigente. Y aun afirma que Estado y Derecho son dos palabras con que se designa un solo objeto. Kelsen sólo toma en cuenta un aspecto del Estado, el jurídico, y lo eleva a una categoría absoluta.

Cuarto. En cuarto término encontramos las doctrinas que consideran que en el Estado hay realidades sociológicas y aspectos jurídicos; pero estas teorías se diferencian de las del segundo grupo en que, además de tener en cuenta que en el Estado hay esa doble calidad, esa doble faz, procuran determinar la relación que existe entre ambos aspectos, en tanto que las teorías del segundo grupo sólo constatan el hecho de que en el Estado coexisten esa doble faz o aspecto. Las teorías de este cuarto grupo van más allá y procuran explicar la relación que hay entre el aspecto sociológico y el aspecto jurídico.

Atendiendo a esta clasificación de las diversas teorías, vamos a examinar las respuestas que cada grupo de ellas da a las interrogaciones que antes planteamos acerca del Estado y del Derecho

Resumen:

La relación entre Derecho y Estado es la de una parte sustancial de un ente. El papel del Derecho es encauzar al Estado en sus funciones dentro de un sistema normativo. En otros términos, el Derecho limita al Estado, por cuanto regula las instituciones de éste y el funcionamiento de las mismas.

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