Educ. Fisica, pregunta formulada por canedomorand, hace 4 meses

3 propuestas de solucion en donde se aplique la ley

Respuestas a la pregunta

Contestado por Brayan45111
13

Respuesta:

1. Necesidad de incrementar de la inversión en Justicia

Sin inversión no puede haber modernización, ni siquiera mejoras. Solo mero voluntarismo.

No es de recibo que la Justicia apenas represente el 1% de los Presupuestos Generales del Estado, mientras que las ayudas públicas al sector financiero hayan ascendido a más de 60.000 millones de euros, lo que representa 17 veces el presupuesto destinado anualmente a la Justicia en España.

Ha de elaborarse un plan de inversiones prolongado durante varias legislaturas, que permita dotar a la Administración de Justicia de los medios imprescindibles, asignando un porcentaje concreto de los PGE y exigiendo que cada reforma legal vaya acompañada de una memoria económica e inversión suficiente.

Por otro lado, no es admisible que una tras otra se aprueben leyes que prevén abierta y expresamente, sin reparo, que no van a suponer incremento de gasto alguno, porque ello sencillamente nos coloca en la tesitura de aplicar las nuevas leyes sin dotaciones adecuadas de personal ni nuevos medios adicionales.

2. Ampliación de la planta judicial

Los jueces decanos suscriben la demanda realizada por las asociaciones judiciales recientemente en el sentido de que es imprescindible incrementar el número jueces y elaborar un programa de ampliación de la planta judicial a medio y largo plazo, que aspire a situar la ratio de jueces en España en términos ajustados a los países de nuestro entorno para garantizar un servicio de calidad.

3. Control de la litigiosidad

Es preciso arbitrar medidas para reducir la litigiosidad, excesiva en España, sin que ello suponga en absoluto merma del derecho a la tutela judicial efectiva.

En este sentido proponen medidas como disponer de informes periciales neutrales (por designación judicial) previos a la vía judicial como introdujo el legislador en la Ley 35/2015; limitar la cadena de recursos en asuntos de escasa cuantía o en trámites interlocutorios, si se posibilitara el rechazo inicial de pretensiones carentes de fundamento; la sanción de pretensiones abusivas o temerarias; la introducción en determinados ámbitos del “pleito testigo”, y sobre todo, potenciar los sistemas alternativos de resolución de conflictos o ADR (mediación y arbitraje, especialmente el arbitraje de consumo) o el principio de oportunidad en materia penal, entre otras medidas.

Además, proponen “un paso más en la regulación de la mediación, en concreto, imponer legalmente la obligación de acudir a la sesión informativa en  determinados asuntos, por ejemplo de familia: lo que no se conoce, no se elige.”

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4. Necesidad de un nuevo mapa judicial y de la concentración territorial

Los Jueces decanos consideran necesario “acomodar la obsoleta organización territorial judicial que data de principios del siglo XIX y acomodarla a la realidad social, política, económica y demográfica actual”, pues “no tiene sentido hoy que el territorio español esté dividido en 422 partidos judiciales.”

“La eficacia requiere partidos judiciales de mayor extensión y grandes sedes donde se concentre un número suficiente de Juzgados para que puedan disponer de mejor organización del trabajo y suficientes y adecuados servicios comunes y técnicos.”

En todo caso, añaden, estas modificaciones de planta judicial deberá contar con el parecer de la Junta de Jueces.

5. Colegiación organizativa de los tribunales

Como medida complementaria de la anterior, los jueces consideran necesario cambiar el sistema de organización interno de los órganos judiciales superando el concepto de Juzgado-isla separado y numerado y tender a la nueva organización que suponen los Tribunales Colegiados, ya existentes en otros países –pero con las garantías de una Presidencia elegida por los propios jueces y al margen de todo nombramiento discrecional del CGPJ, de respeto a los principios constitucionales de inamovilidad judicial y al juez ordinario predeterminado por la ley, y con el compromiso de que el diseño resultante no suponga aumentos de las cargas de trabajo de los jueces- cuyo complemento ineludible es una oficina judicial moderna que realmente sirva como instrumento de asistencia y apoyo a la actividad jurisdiccional y no como un fin en sí mismo o herramienta de control al servicio de otros intereses.


jammyletbravodiaz: muchas Gracias
jammyletbravodiaz: me salvaron de reprobar en formación
palafoxa72: x2
Brayan45111: De nada
Contestado por marlongmartinez555
18

Respuesta:1° necesidad de incrementar de la inversión en justicia,2° aplicación de la planta judicial,3° control de litigiosidad

;)

Explicación:


jammyletbravodiaz: muchas gracias
jammyletbravodiaz: me salvaron de reprobar formación
alogoma61: XD
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