Ciencias Sociales, pregunta formulada por yomairacardenas, hace 10 meses

3. La Constitución de 1991 estableció que los gobernadores y los
alcaldes contraen con sus electores la obligación de cumplir el programa
de gobierno que presentaron al inscribirse como candidatos. El
incumplimiento del programa puede dar lugar a que:​

Respuestas a la pregunta

Contestado por saracalderon2468
7

Respuesta:

ARTÍCULO 1o.En desarrollo del artículo 259 de la Constitución Política, se entiende por Voto Programático el mecanismo de participación mediante el cual los ciudadanos que votan para elegir gobernadores y alcaldes, imponen como mandato al elegido el cumplimiento del programa de gobierno que haya presentado como parte integral en la inscripción de su candidatura.

 

ARTÍCULO 2o.En desarrollo de los artículos 40 y 103 de la Constitución Política, la revocatoria del mandato por el incumplimiento del programa de gobierno, es un mecanismo de participación popular, en los términos de esta Ley.

 

ARTÍCULO 3o.Los candidatos a ser elegidos popularmente como gobernadores y alcaldes deberán someter a consideración ciudadana un programa de gobierno, que hará parte integral de la inscripción ante las autoridades electorales respectivas, debiéndose surtir posteriormente su publicación en el órgano oficial de la entidad territorial respectiva o, en su defecto, las administraciones departamentales o municipales ordenarán editar una publicación donde se den a conocer los programas de todos los aspirantes, sin perjuicio de su divulgación pública de acuerdo con la reglamentación en materia de uso de medios de comunicación.

 

ARTÍCULO 4o.Declarado INEXEQUIBLE.

 

ARTÍCULO 5o.Los alcaldes elegidos popularmente propondrán ante sus respectivos concejos municipales en las sesiones ordinarias siguientes a la fecha de su posesión, las modificaciones, adiciones o supresiones al plan económico y social que se encuentre vigente en esa fecha, a fin de actualizarlo e incorporar los lineamientos generales del programa político de gobierno inscrito en su calidad de candidatos. De no existir plan alguno, procederán a su presentación dentro del mismo término, de conformidad con el programa inscrito, sin perjuicio de lo consagrado en el inciso 3o del artículo 1o. de la Ley 02 de 1991.

Explicación:

no soy una experta en el tema, pero ahí, según lo que yo vi en los últimos artículos está la respuesta concreta

Contestado por Dianelisbaldovinos
2

Respuesta:

la elección de los gobernantes sea revocada por decisión es popular

Explicación:

B

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