29) . EL CONDUCTOR QUE CEDE EL PASO. ¿CUÁNDO PUEDE REINICIAR LA MARCHA?
@ Después de ceder el paso.
b) Después de haberse asegurado que ello no fuerza al conductor del vehículo que tiene la prioridad a modificar
bruscamente la trayectoria o la velocidad del mismo.
c) Cuando no circule ningún vehículo por la vía prioritaria.
Respuestas a la pregunta
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olaa
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no se q decir
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1
Respuesta:
b
Explicación:
En este sentido, el conductor que ceda el paso a otro no deberá iniciar o continuar su marcha o su maniobra, ni reemprenderlas, hasta haberse asegurado de que con ello no fuerza al conductor del vehículo que tiene la prioridad a modificar bruscamente la trayectoria o la velocidad. Además, debe mostrar con suficiente antelación, por su forma de circular y especialmente con la reducción paulatina de la velocidad, que efectivamente va a ceder el paso.
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