Derecho , pregunta formulada por sibajafonsecasebasti, hace 7 meses

2 normas de Costa Rica

Respuestas a la pregunta

Contestado por yetlanetzyg
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Respuesta:

ARTÍCULO 22.- Todo costarricense puede trasladarse y permanecer en cualquier punto de

la República o fuera de ella, siempre que se encuentre libre de responsabilidad, y volver

cuando le convenga. No se podrá exigir a los costarricenses requisitos que impidan su ingreso

al país.

ARTÍCULO 23.- El domicilio y todo otro recinto privado de los habitantes de la República

son inviolables. No obstante pueden ser allanados por orden escrita de juez competente, o

para impedir la comisión o impunidad de delitos, o evitar daños graves a las personas o a la

propiedad, con sujeción a lo que prescribe la ley.

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