2. Legalmente se entiende
por alimentos:
a) A la comida que ingerimos diariamente, es
decir, desayuno, almuerzo y comida.
b) A lo que es indispensable para el sustento,
habitación, vestido, asistencia médica, re-
creación y educación del menor.
c) A todas las comunidades que servirán para
el desarrollo de la persona.
d) A todo aquello que la esposa pueda obte-
ner del marido.
e) A la obligación de alimentarse que tiene
un padre y su hijo extramatrimonial reconocido ni declarado.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
la respuesta es la a
Explicación:
es la explicación más lógica y la única respuesta que hace referencia a la pregunta
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