Religión, pregunta formulada por Redkhazer, hace 4 meses

2- Lean los artículos 7 y 8 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Pueden encontrar el texto completo en:

Artículo 7 1. El niño será inscripto inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. 2. Los Estados Partes velarán por la aplicación de estos derechos de conformidad con su legislación nacional y las obligaciones que hayan contraído en virtud de los instrumentos internacionales pertinentes en esta esfera, sobre todo cuando el niño resultara de otro modo apátrida.

Artículo 8 1. Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilícitas. 2. Cuando un niño sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.

¿En qué situaciones de la vida cotidiana vez que se vulneran estos derechos?

¿Qué acciones debe realizar el Estado nacional para garantizar estos derechos?

Respuestas a la pregunta

Contestado por grupoandresperu
0

Respuesta:

de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad.

¿En

Otras preguntas