2) La característica de la remuneración que señala que ésta no puede sufrir disminuciones se denomina:
• Igualdad
• Continuidad
• Supervivencia
• Intangibilidad
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
1) Igualdad: Tiene su fundamento en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que señala igual remuneración por igual tarea.
2) Supervivencia: Se supone que la remuneración es suficiente para que el trabajador pueda atender sus necesidades y a las del grupo familiar.
3) Conmutatividad: La remuneración que paga el empleador está directamente proporcionada con la calidad y cantidad de servicios que aporta el trabajador.
4) Continuidad: La remuneración se produce día a día sin perjuicio de que existen plazos para hacer efectivo su pago, pero el derecho a percibirla se va produciendo día a día.
5) Alimentario: Para el trabajador tiene este carácter la remuneración ya que cubre necesidades básicas.
6) Intangibilidad: La remuneración no puede sufrir disminuciones.
Explicación:
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