2 funciones electorales y otras funciones de la asamblea departamental
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
2. EN RELACIÓN A LA FUNCIÓN DE CONTROL POLÍTICO:
A. Ejercer control político sobre los actos de los Secretarios de Despacho de Gobernador, Gerentes y Directores de Institutos Descentralizados del mismo orden.
B. Exigir, mediante citación escrita, informes sobre el ejercicio de sus funciones a los Secretarios de Gabinete, Jefes de Departamentos Administrativos, establecimientos públicos y Directores de Institutos Descentralizado sobre aspectos puntales de su gestión y solicitará al Señor Gobernador y al Contralor General del Departamento informes escritos de carácter puntual.
C. Vigilar, debatir, o controvertir la gestión que cumplen todas las autoridades departamentales especialmente en dos frentes: la actividad político-administrativa y la actividad financiera. Para el cumplimiento de esta función, los Diputados y/o las bancadas podrán presentar las proposiciones que estimen convenientes, según el tema, en las Comisiones Permanentes o en la Plenaria.