10.El Artículo N° 20 Del Derecho a la Educación, de la Ley N° 1680 “Código de la Niñez y la Adolescencia”, establece que mediante la educación se debe garantizar:Respuesta necesaria. Opción única.
(1 Punto)
El desarrollo armónico e integral de la persona.
La valoración por parte de los educadores.
El desarrollo de la dignidad y los recursos.
El respeto por parte de los padres.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
8
Respuesta:
En mi opinión es el desarrollo de la dignidad y los recursos
benitezmarina:
Gracias
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