1. ¿Qué mecanismos tienen los colombianos para proteger sus Derechos Humanos? 2. ¿Qué es una acción de tutela? 3. Menciona los derechos que pueden ser protegidos mediante la acción de tutela 4. ¿Quién puede presentar una acción de tutela y cuando puede hacerlo? 5. Explica ¿la diferencia que existe entre la acción de tutela y la acción de cumplimiento? 6. ¿En qué consiste el habeas corpus? 7. ¿Cuándo se puede hacer uso de los recursos de habeas corpus? 8. Jineth Sánchez tiene 18 y cara de niña todavía. Entró en la guerrilla con apenas 13. Asegura convencida que si no hubiera ingresado en ella hoy sería campesina, como sus padres. "En el campo no hay oportunidades de estudiar porque el pobre en este país no las tiene. El abandono estatal es absoluto y no había ni escuela ni acceso a la salud", recuerda quien ahora ejerce de enfermera en uno de los hospitales móviles de la guerrilla. Su sueño, ser cirujana. Comenta que derechos fundamentales le violo el Estado colombiano a Jineth. 9. Elabora un derecho de petición, según el siguiente modelo.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
1- Defiende políticas que buscan proteger estas comunidades, implementar los acuerdos de paz en su totalidad y cambiar el enfoque militar de ayuda financiera de los Estados Unidos para combatir los desafíos del contexto por acuerdo de la manera más eficaz posible.
2- La acción de tutela es como se denomina un mecanismo previsto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia, que busca proteger los Derechos fundamentales de los individuos "cuando cualquiera de éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública".
3- Los derechos fundamentales de origen constitucional protegidos por la acción de tutela son: derecho a la vida (artículo 19 N° 1), derecho a la integridad física y síquica (artículo 19 N° 1), derecho a la intimidad y respeto a la vida privada (artículo 19 N° 4), derecho al honor, derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada (artículo 19 N° 5), derecho a la libertad de conciencia, la manifestación de las creencias y el libre ejercicio de todos los cultos (artículo 19 N° 6), libertad de expresión, opinión e información sin censura previa (artículo 19, N° 12, inciso primero), libertad de trabajo y de contratación laboral (artículo 19 N° 16, incisos primero y cuarto), derecho a la no discriminación (artículo 2 del Código del Trabajo).
4- "Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por si misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados, por la acción de cualquier autoridad pública" Artículo 86 C.N.
-La Acción de Tutela procede cuando un derecho fundamental ha sido vulnerado o amenazado. La vulneración o amenaza se origina: En la acción u omisión de una autoridad pública. En la acción u omisión de particulares.
5- Su diferencia con la tutela radica en que mientras la acción de cumplimiento sirve para hacer efectivas las leyes, la tutela protege los derechos fundamentales de una persona la vida, la salud, la educación, entre otros cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad.
6- El hábeas corpus es un procedimiento que protege tu libertad cuando es amenazada de forma ilegal por una autoridad o si estás en una cárcel y se agravan tus condiciones de encierro.
7- El Tribunal Constitucional establece que se puede interponer tanto en el momento de la detención, como posteriormente, en cualquier momento que se considere haya vulnerado alguna de las garantías legalmente establecidas.
Explicación:
Los últimos dos puntos no los se, lo siento.
Espero que te sirva eso y suerte!