1. ¿Qué disposiciones existen en Chile que regulan el trabajo infantil?
2.Cómo cree que ha cambiado, en la actualidad, la situación de los niños?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación¿Qué dice la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto al trabajo infantil?
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) considera el trabajo infantil como una mala práctica que debe erradicarse, pues se vulneran los derechos establecidos en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, de Naciones Unidas.
Suscrita por Chile en agosto de 1990, la Convención en su artículo 32 señala que “todo niño tiene derecho a ser protegido contra la explotación económica y contra todo trabajo que ponga en peligro su salud, su educación o su desarrollo integral. El Estado tiene la obligación de establecer edades mínimas para empezar a trabajar y de especificar las condiciones laborales”.
¿A qué edad puede trabajar un niño?
Los jóvenes entre 15 y 18 años pueden desarrollar sólo trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo, bajo autorización expresa del padre o madre. En caso de ausencia de los padres, la autorización debe prestarla el abuelo o abuela (materno o paterno) o los guardadores, personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor.
En ningún caso se podrá autorizar a menores de edad para trabajar en recintos o lugares donde se realicen o exhiban espectáculos de significación sexual.
Además, previamente, deberán acreditar haber terminado su Educación Media o encontrarse cursando Educación Media o Educación Básica. Las labores no deberán dificultar la asistencia a clases de los niños o adolescentes.
Los menores de dieciocho años y mayores de quince podrán actuar en espectáculos vivos, pero no en aquellos que se desarrollen en cabarets u otros establecimientos similares o en aquellos en que se venden bebidas alcohólicas para consumir dentro del local.: