1. Es el conjunto de individuos, con derechos civiles y po-.
líticos, que el Estado requiere para dotarse de organiza-
ción. La definición anterior corresponde al concepto de:
a) gobierno
b) pueblo
c) nación
d) función pública
e) órgano del Estado
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Ya hemos tenido ocasión de referirnos al general y profundo arraigo alcanzado
por el paradigma del Estado entre los internacionalistas. Ciertamente ello encuentra
una explicación y justificación en el hecho de que los Estados siguen constituyendo
una categoría, dentro de los actores internacionales, fundamental para una adecuada
comprensión de la Sociedad Internacional. Con todo debemos ser conscientes del
riesgo y limitación que entraña la adopción de una perspectiva puramente estatalista,
en lugar de sociológica, del mundo internacional. Este riesgo es tanto mayor, cuanto
que al internacionalista ya no le es posible desconocer la presencia y la participación
de otros muchos actores internacionales distintos del Estado, ni tampoco la existencia
de fenómenos mucho más profundos de las relaciones internacionales de los que el
propio Estado no es sino una de sus manifestaciones más consagradas.
Explicación: