1. El monto exento del Impuesto a la Salida de Divisas para el uso de tarjetas de crédito o débito por consumos en el exterior es de:
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Los consumos o retiros con tarjetas de crédito o de débito que se realicen en el exterior se considerarán exentos hasta un monto anual de USD 5.000 dólares. Superado dicho monto, los consumos y retiros en el exterior pagarán el 5% por concepto de impuesto a la salida de divisas.
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