Matemáticas, pregunta formulada por dalislene11, hace 10 meses

1. El COE Nacional, en sesión permanente del miércoles 29 de julio de 2020, resolvió
el siguiente horario para el toque de queda: 21:00 a 05:00 de lunes a jueves; de viernes
a domingo regirá de 19:00 a 05:00.
me ayudan porfavor nesecito para hoy

Respuestas a la pregunta

Contestado por danicasy
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Respuesta:

En esos cantones de 10 provincias de la Sierra, seis de la Amazonía y dos de la Costa, el toque de queda fue de 19:00 a 05:00, de viernes a domingo, y entre el lunes y jueves fue de 21:00 a 05:00. Estas restricciones se aplicaron en Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con la finalidad de frenar la propagación del covid-19, según el COE. En los cantones con semáforo amarillo de las seis provincias restantes de Ecuador (Manabí, Los Ríos, Santa Elena, Guayas, El Oro y Galápagos) este viernes 14 de agosto del 2020 el toque de queda se mantiene de 23:00 a 05:00; no hay restricción para la venta de licor. ¿Qué pasará el fin de semana con el toque de queda? Los integrantes del COE nacional esperan la ampliación del actual decreto del estado de excepción, que terminará este sábado 15 de agosto, para tomar nuevas decisiones. Sin la existencia de este marco legal no se pueden restringir las libertades de los ecuatorianos. En la resolución del 29 de julio, el COE recalcó que en agosto “se mantiene la estrategia de un semáforo de colores rojo, amarillo y verde, según los cuales se pueden adoptar determinadas acciones, siempre en el marco y las competencias señaladas en los Decretos Ejecutivos: 1017,1052 y 1074, por los que se declaró el Estado de Excepción”. Por eso, en la sesión plenaria de este organismo, que se desarrolló el 11 de agosto, los integrantes del COE nacional recomendaron al presidente de la República, Lenín Moreno, que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, “decrete la ampliación del estado de excepción, por cuanto, la suspensión y limitación de los derechos a la libertad de tránsito, así como a la libertad de reunión y asociación, por medio del aislamiento y distanciamiento social, aún son medidas necesarias”, para mitigar la propagación

Explicación paso a paso:

espero que te ayude :)

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