1. El COE Nacional, en sesión permanente del miércoles 29 de julio de 2020, resolvió el siguiente horario para el toque de queda: 21:00 a 05:00 de lunes a jueves; de viernes a domingo regirá de 19:00 a 05:00. [5 ; 21] [5; 19]
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Tras la fijación de horario del toque de queda temporal en 18 provincias de Ecuador -del 31 de julio al 13 de agosto- la medida, de 23:00 a 05:00, vuelve a los cantones en semáforo amarillo a escala nacional este viernes 14 de agosto del 2020, además de la autorización de la libre venta de bebidas alcohólicas para hoy. La restricción, sin embargo, tiene excepción para cuatro cantones de la provincia de Pichincha: Quito, Mejía, Rumiñahui y Cayambe. Según el Ministerio de Gobierno, el toque de queda en estas localidades regirá de 21:00 a 05:00. Entre el 31 de julio y el 12 de agosto, los cantones de 18 provincias tuvieron un horario más amplio en la restricción de la movilidad de las personas y la circulación vehicular, y de viernes a domingo no se podía comercializar licor. Esas dos disposiciones fueron aprobadas el 29 de julio por el Comité de Operaciones de Emergencia nacional (COE), con vigencia hasta el miércoles 12 de agosto. En esos cantones de 10 provincias de la Sierra, seis de la Amazonía y dos de la Costa, el toque de queda fue de 19:00 a 05:00, de viernes a domingo, y entre el lunes y jueves fue de 21:00 a 05:00. Estas restricciones se aplicaron en Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe, con la finalidad de frenar la propagación del covid-19, según el COE. En los cantones con semáforo amarillo de las seis provincias restantes de Ecuador (Manabí, Los Ríos, Santa Elena, Guayas, El Oro y Galápagos) este viernes 14 de agosto del 2020 el toque de queda se mantiene de 23:00 a 05:00; no hay restricción para la venta de licor. ¿Qué pasará el fin de semana con el toque de queda? Los integrantes del COE nacional esperan la ampliación del actual decreto del estado de excepción, que terminará este sábado 15 de agosto, para tomar nuevas decisiones. Sin la existencia de este marco legal no se pueden restringir las libertades de los ecuatorianos. En la resolución del 29 de julio, el COE recalcó que en agosto “se mantiene la estrategia de un semáforo de colores rojo, amarillo y verde, según los cuales se pueden adoptar determinadas acciones, siempre en el marco y las competencias señaladas en los Decretos Ejecutivos: 1017,1052 y 1074, por los que se declaró el Estado de Excepción”. Por eso, en la sesión plenaria de este organismo, que se desarrolló el 11 de agosto, los integrantes del COE nacional recomendaron al presidente de la República, Lenín Moreno, que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, “decrete la ampliación del estado de excepción, por cuanto, la suspensión y limitación de los derechos a la libertad de tránsito, así como a la libertad de reunión y asociación, por medio del aislamiento y distanciamiento social, aún son medidas necesarias”, para mitigar la propagación del covid-19.
Las restricciones aprobadas para agosto • Se mantienen cerradas las fronteras internacionales terrestres. • Siguen suspendidas las clases presenciales de los diferentes niveles educativos. • Está prohibida la apertura y funcionamiento de bares, discotecas, karaokes, centros de tolerancia, billares, centros de diversión infantil, y toda actividad que no garantice el distanciamiento social. • Se mantienen restringidas las actividades físicas en los lugares cerrados, a excepción de pilotos aprobados por los COE de los cantones que se encuentran en verde. En lugares abiertos se mantienen autorizadas actividades individuales, conforme a los lineamientos emitidos por el COE Nacional. • Los espectáculos públicos en espacios abiertos y cerrados, así como las aglomeraciones, están prohibidos. En semáforo rojo • El horario de toque de queda es de 18:00 a 05:00. • Los vehículos particulares circulan dos días a la semana de lunes a viernes, se incluyen motos; no circulan los sábados y domingos. • Taxis, transporte mixto y carga liviana, par e impar, de lunes a sábado; domingo circulan todos sin restricción de placa. •El transporte urbano podrá circular conforme las restricciones establecidas por los GAD municipales, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad. •
no me deja mas
Explicación paso a paso:
Me harias feliz si me darias Coronita :D