1. ¿Cuál sería la función de la municipalidad, según la norma sanitaria para restaurantes y servicios en tiempos de la COVID-19?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Hacer que usen mascarillas y que mantengan distanciamiento de 1 o 2 metros
Explicación:
El Gobierno Nacional creó el Programa de Recuperación Productiva 2 como herramienta para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas. El beneficio consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.
Pueden solicitar el beneficio las empresas encuadradas en los sectores detallados en el Anexo I de la Resolución 198/2021.
El monto de la asistencia es variable según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
Afectados no críticos: hasta $ 9.000;
Críticos: hasta $ 12.000 (por disposición transitoria serán $ 18.000);
Sector salud: hasta $ 18.000.
Todo empleador y empleadora deberá tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago a los mismos.
Si la remuneración neta del trabajador o la trabajadora es inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP.
El beneficio del programa REPRO 2 se extenderá por UN (1) mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa de forma mensual para poder acceder al mismo.
Las empleadoras y los empleadores que no hayan accedido al beneficio podrán inscribirse en los meses siguientes y las empresas que participaron previamente en el Programa podrán reinscribirse.