Derecho , pregunta formulada por Container, hace 10 meses

1. ¿Cómo el clientelismo y la politiquería son los causantes del precario desarrollo nacional? ¿Qué opinión tienes de las personas que venden y compran votos?
2. De acuerdo al fragmento: ¿El sistema político es corrupto o son los candidatos quienes hacen daño al sistema?
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Respuestas a la pregunta

Contestado por saclaprincess
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Respuesta:

1:El presente artículo tiene como finalidad indagar el tipo de relación que se establece entre el clientelismo político y la corrupción en contextos de baja estatalidad. La corrupción y el clientelismo son dos fenómenos bien diferenciados con características propias y que, si bien son distinguibles a nivel teórico, a nivel empírico es difícil su distinción. En contextos de baja estatalidad se establece una relación de mutualismo ya que las redes que los componen se superponen, se comunican y se benefician unas con otras. Para cumplir con el objetivo de la investigación, se utilizó una metodología de carácter cualitativo. Para la recolección de la información se realizaron 30 entrevistas en profundidad (9 autoridades municipales, 4 funcionarios municipales, 14 presidentes de organizaciones sociales y comunitarias y 3 proveedores de bienes y servicios al municipio). El contexto en que se realizó la investigación fueron tres municipios de la Región de la Araucanía en Chile que presentan un grado bajo de estatalidad. Las entrevistas fueron analizadas a partir del análisis fenomenológico buscando explicar y describir las relaciones entre clientelismo y corrupción. Entre los principales resultados obtenidos se destaca que existe un tipo de relación que puede llegar a ser muy beneficiosa, es decir mutualista, entre el clientelismo y la corrupción. El artículo pretende ser un aporte empírico a la discusión sobre las relaciones que se establecen entre clientelismo político y corrupción en determinados contextos. Al mismo tiempo, los conceptos de clientelismo político y corrupción son entendidos como un fenómeno social que quebrantan la formalidad de los procesos y, por tanto, no se circunscriben a fenómenos que necesariamente están ligados a la ilegalidad. En otras palabras, son conceptos que se entienden desvinculados de una connotación moral.

2:La corrupción puede ser abordada desde dos perspectivas, que en absoluto son

antagónicas; más bien, creo, permanecen en un tipo de relación de género a especie. En

efecto, por un lado, es posible entender la corrupción como actos o manifestaciones

concretas del uso particular de la función pública delimitados en la legislación

administrativa o penal1

, pero, por otro lado, es necesario entender la corrupción en un

sentido más amplio, esto es, como un clima de mentalidad colectiva, sentimientos y

práctica histórica que denominamos “fenómeno de la corrupción”. Coincidiendo con el

profesor Hurtado Pozo, consideramos que esta dimensión es la más importante a tener

en cuenta, dadas las repercusiones negativas que tiene en la vida general del país, y

porque es la que sostiene o explica de algún modo las manifestaciones concretas de

corrupción habitual. En este acápite nos detendremos en esta última perspectiva de la

corrupción para luego, en los puntos siguientes, ir descendiendo a los mecanismos

extrajurídicos y jurídico-penales para la contención de las manifestaciones concretas de

la corrupción

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