Contabilidad, pregunta formulada por Usuario anónimo, hace 5 meses

1. Calcula el salario diario integrado para cotizar a partir del 1-jul-18 con los siguientes datos:

– Salarios mensuales de:
• Trabajador A $ 10,000.00 fecha de ingreso 20-oct-04
• Trabajador B $ 15,000.00 fecha de ingreso 4-feb-09
• Trabajador C $ 30,000.00 fecha de ingreso 6-ago-12

– Prestaciones mínimas de Ley.
– Vales de despensa 8% sobre la cuota diaria.
– Tres alimentos con un cobro de 11 pesos

Deberás incluír el procedimiento completo del cálcuo para cada trabajador.


Julian7Gaming: lee mi respuesta abajo es lo mas importante

Respuestas a la pregunta

Contestado por Julian7Gaming
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Respuesta:

El Salario Diario Integrado Integrado (SDI) es el Salario Diaro más todas las prestaciones que puede darte el patrón por seguridad social, tales como el IMSS, Guardería Cesantía y Vejéz. También puede incluir otras tales como Habitación, comida y transporte.

Muchas veces, cuando tenemos nuestro primer recibo de nómina o nos surgen dudas acerca de cómo se calcula nuestro salario, pensamos en el dinero que recibimos, y si a ese lo tratamos de transformar a días, nos encontramos con el famoso Salario Base.

Confusión del Salario Diario con el Salario Diario Integrado

Sin embargo, muchos llegan a confundirse con este dato, ya que en la mayoría de los recibos de nómina los importes están dados en algo llamado Salario Diario Integrado, que, aunque sirve para determinar nuestro salario mensual o quincenal, nos llega a confundir con los importes reflejados en nuestro sueldo. Aquí te explico de manera breve en qué consiste.

Si pudiéramos ver los datos confidenciales de una empresa respecto a sus empleados, nos daríamos cuenta que manejan dos clases de salarios: Salario Diario y Salario Diario Integrado.

Pero, ¿qué es el Salario Diario Integrado?

Para poder responder esta pregunta es necesario que primero entendamos qué es el Salario Diario. El Salario Diario es aquel en donde nuestro salario normal, se expresa en días; es decir, si en un mes ganamos 5 mil pesos, a esos 5 mil pesos los dividiremos en 30 días y obtendremos nuestro Salario Diario.

El Salario Diario Integrado es el Salario Diario más todas las prestaciones que la ley puede o no obligar. ¿Qué quiero decir con esto? Que este importe, además de incluir las prestaciones mínimas de ley, también pueden incluir otras prestaciones como:

Comida

Habitación

Transporte

Vales de despensa

etcétera.

El Salario Diario Integrado requiere de un factor de integración para agregar las prestaciones

El Salario Diario Integrado requiere de un factor de integración para agregar las prestaciones

¿Cómo se calcula el Salario Diario Integrado?

La forma más sencilla de Integrar un Salario Diario con las prestaciones mínimas de ley es de la siguiente manera:

Sumaremos los 365 días de un año más las prestaciones mínimas, que en este caso, para México, son: Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

365

15 (días de aguinaldo por ley)

1.5 (el 25% de los 6 días de vacaciones para el primer año que por ley nos corresponde). Ojo, el 25% es referente a la prima vacacional mínima de ley.

Tenemos un total de 381.5. A ese resultado lo dividiremos nuevamente por el número de días del año, es decir: 365. Y el resultado será un factor de integración de 1.0452.

Ahora, para poder saber cuál es nuestro Salario Diario Integrado, multiplicaremos un Salario Diario, por ejemplo $100.00, por el factor que anteriormente calculamos.

Tabla de Cálculo de Salario Diario Integrado por años con prestaciones mínimas de Ley

A continuación te presentamos una tabla en donde colocamos el factor de integración según el número de años laborados.

Año laborando Salario Diario Factor de integración Salario Diario Integrado

1 $100.00 1.0452 $104.52

2 $100.00 1.0465 $104.65

3 $100.00 1.0479 $104.79

4 $100.00 1.0493 $104.93

El resultado sería 104.5205 en el primer año, que es el equivalente a un Salario Diario más las prestaciones mínimas de Ley, y a partir de aquí, cada año debe modificarse según el número de días de vacaciones que le correspondan al trabajador. Es importante considerar en el cálculo el año bisiesto.

Explicación:


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